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ATENCIÓN
AL CIUDADANO:
1. ¿Se
aplica la LOPD a los empresarios individuales o autónomos?
¿Y a las personas jurídicas? ¿Y a los datos
de personas ya fallecidas?
2. ¿Qué tipo de información
se debe facilitar al ciudadano cuando se proceda a recoger sus datos?
3. ¿Cómo
puedo hacer que eliminen mis datos de una empresa que no para de
enviarme publicidad que no he solicitado? ¿Y en caso de que los datos
que tengan sobre mi no sean los correctos?
4. ¿Entra dentro
del ámbito de la ley revelar datos de carácter personal
en una página web?
ATENCIÓN AL
EMPRESARIO:
1.
Atendiendo a la gran oscilación de las cantidades a pagar en caso
de sanciones, ¿qué criterios se tienen en cuenta
para establecer una cuantía determinada?
2. ¿Qué pasa
con los ficheros que están en formato papel? ¿Es cierto que
hay una moratoria hasta el 2007?
3. ¿Cómo
tengo que inscribir los ficheros? ¿Qué más he
de hacer?
4. ¿En
caso de que mi empresa sea una filial de una empresa de otro
país, y se envíen periódicamente datos
de la primera a la segunda, que responsabilidad tiene la primera
si la matriz realiza una utilización fraudulenta de
estos datos?
En primer lugar hay que señalar
que si los datos son recogidos y tratados en España, evidentemente
están sujetos al ámbito de aplicación de la
LOPD.
En segundo lugar, aquí estamos
contemplando la posibilidad de una transferencia internacional,
con lo cual necesitaríamos declararla en la inscripción
del fichero de datos a la Agencia.
Una vez los datos ya
han sido enviados al país en cuestión, el tratamiento
de datos se regulará atendiendo a la legislación
vigente del país donde radique la matriz.
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